ABONO GASTOS KILOMETRAJE

Desde la nómina de Febrero, podrás observar que en tu recibo de haberes si has tramitado el cobro de gastos por kilometraje, aparecerán 2 conceptos nuevos, «Anticipo Kilometraje» refleja el importe total a abonar, «Kilometraje no exento»: se refiere a los 0,06€ que tributan ya que No están exentos y «Kilometraje Exento»: importe correspondiente a 0,19€ por kilómetro marcado.

Sirva de ejemplo que teniendo en cuenta que se abona por kilometro recorrido 0,25€, si hemos recorrido 100km, el importe total o anticipo kilometraje es 25€, el importe del Kilometraje Exento será de 19€ y el importe del Kilometraje NO EXENTO será de 6€.

En la web de la AEAT aparece como:

Asignaciones para gastos de locomoción
Se exceptúan de gravamen las cantidades
destinadas por la empresa a compensar los gastos de locomoción del empleado o trabajador que se desplace fuera de la fábrica, taller, oficina, o centro de trabajo, para realizar su trabajo en lugar distinto,
en las siguientes condiciones e importes:
Cuando el empleado o trabajador utilice medios de transporte público, el importe del gasto que se justifique mediante factura o documento equivalente.
En otro caso, la cantidad que resulte de computar 0,19 euros por kilómetro recorrido, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

#FITContigo

Otras Noticias